Bonos Verdes Europeos: el Consejo adopta un nuevo reglamento para promover las finanzas sostenibles
El Consejo ha adoptado un reglamento por el que se crea una norma europea para los bonos verdes. El Reglamento establece requisitos uniformes para los emisores de bonos que deseen utilizar la denominación «bono verde europeo» o «EuGB» para sus bonos medioambientalmente sostenibles.
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Los bonos ambientalmente sostenibles son uno de los principales instrumentos para financiar inversiones relacionadas con tecnologías verdes , eficiencia energética y eficiencia de recursos, así como infraestructuras de transporte e infraestructuras de investigación sostenibles. Los bonos verdes europeos se alinearán con la taxonomía de la UE para actividades sostenibles y se pondrán a disposición de inversores de todo el mundo.
El reglamento es un paso más en la implementación de la estrategia de la UE para financiar el crecimiento sostenible y la transición hacia una economía climáticamente neutra y eficiente en el uso de los recursos. El nuevo estándar fomentará la coherencia y la comparabilidad en el mercado de bonos verdes, beneficiando tanto a los emisores como a los inversores de bonos verdes .
Los emisores podrán demostrar que están financiando proyectos verdes legítimos alineados con la taxonomía de la UE. La confianza de los inversores en la inversión verde mejorará gracias a un marco que reduzca los riesgos que plantea el lavado verde y, en última instancia, estimule los flujos de capital hacia proyectos ambientalmente sostenibles.
El reglamento establece un sistema de registro y un marco de supervisión para los revisores externos de los bonos verdes europeos.
Para evitar el lavado verde en el mercado de bonos verdes en general, el reglamento también establece algunos requisitos de divulgación voluntaria para otros bonos ambientalmente sostenibles y bonos vinculados a la sostenibilidad emitidos en la UE.
Todos los ingresos de los bonos verdes europeos deberán invertirse en actividades económicas que estén alineadas con la taxonomía de la UE para actividades sostenibles , siempre que los sectores en cuestión ya estén cubiertos por ella.
Para aquellos sectores que aún no están cubiertos por la taxonomía de la UE y para determinadas actividades muy específicas habrá una bolsa de flexibilidad del 15% . Esto tiene como objetivo garantizar la utilizabilidad del estándar europeo de bonos verdes desde el comienzo de su existencia.
El uso y la necesidad de este bolsillo de flexibilidad se reevaluarán a medida que avance la transición de Europa hacia la neutralidad climática y con el creciente número de oportunidades de inversión verdes y atractivas que se espera que estén disponibles en los próximos años