La UE aprueba la suspensión temporal de plazos en sostenibilidad corporativa para reforzar la competitividad y dar seguridad jurídica a las empresas
La UE aprueba la Directiva de suspensión temporal para aliviar cargas empresariales y reforzar la competitividad
Se aplazan los plazos de aplicación de las normativas sobre información corporativa y diligencia debida en sostenibilidad
El Consejo de la Unión Europea ha dado este viernes su aprobación definitiva a la Directiva de suspensión temporal, una medida clave impulsada por la Comisión Europea para simplificar la legislación en materia de sostenibilidad y fortalecer la competitividad de las empresas europeas. Esta decisión supone un respiro normativo para el tejido empresarial, al aplazarse de forma oficial los plazos de aplicación de ciertos requisitos vinculados a la presentación de información corporativa sobre sostenibilidad y a la diligencia debida de las empresas en esta materia.
La iniciativa forma parte del denominado “paquete legislativo ómnibus I”, presentado por la Comisión a finales de febrero de 2025, con el objetivo de reducir la carga administrativa de las empresas sin renunciar a los compromisos europeos en sostenibilidad. La propuesta ha sido tratada con carácter prioritario tanto por el Consejo como por el Parlamento Europeo, dada su relevancia para garantizar la seguridad jurídica de las compañías que deben cumplir con estos requerimientos normativos.
📣 “Hoy hemos cumplido nuestra promesa relativa a la simplificación de la legislación de la UE. La rápida adopción de esta Directiva es un primer paso importante para reducir la burocracia, proporcionar seguridad jurídica a nuestras empresas y hacer que la UE sea más competitiva”, declaró Adam Szłapka, ministro de Asuntos de la Unión Europea de Polonia.
Principales medidas adoptadas
La Directiva contempla dos aplazamientos clave:
- Un retraso de dos años en la entrada en vigor de los requisitos de la Directiva sobre la presentación de información sobre sostenibilidad por parte de las empresas (CSRD), en lo relativo a:
- Grandes empresas que aún no hayan comenzado a presentar estos informes.
- Pequeñas y medianas empresas que cotizan en bolsa.
- Un retraso de un año en el plazo de transposición y la primera fase de aplicación de la Directiva sobre diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad, en lo que respecta a las empresas de mayor tamaño, que debían ser las primeras obligadas a cumplirla.
Esta moratoria permitirá que los colegisladores europeos negocien con mayor profundidad futuras modificaciones de fondo en ambas directivas, también incluidas en el paquete “ómnibus I”. Se trata de un enfoque equilibrado que permite avanzar en sostenibilidad sin comprometer la competitividad y operatividad del tejido empresarial europeo.
Próximos pasos
Tras su adopción formal, el acto legislativo será publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea y entrará en vigor al día siguiente de dicha publicación. Los Estados miembros tendrán hasta el 31 de diciembre de 2025 para transponer la Directiva a sus respectivas legislaciones nacionales.

